Tarifas de asilo y la tarifa anual


El asilo ya no es gratis. Perder la tarifa anual puede costarle su caso y su permiso de trabajo.

Importante: Los montos y las sanciones están cambiando

Los montos de las tarifas cambian cada año fiscal con la inflación, y las consecuencias por perder un pago están siendo litigadas activamente — una orden judicial de julio de 2026 las pausó temporalmente, y esa pausa puede no durar. Esta página es información general, no asesoría legal. Verifique los montos y plazos actuales en uscis.gov y hable con una organización legal sobre su caso.

Solicitar asilo en Estados Unidos solía ser gratuito. La ley presupuestaria firmada el 4 de julio de 2025 cambió eso, creando una tarifa de presentación, una tarifa por cada año que su caso siga pendiente, y tarifas más altas de permiso de trabajo — ninguna de las cuales puede exonerarse. La que causa más daño es la Tarifa Anual de Asilo. Es fácil de pasar por alto, el aviso a menudo no llega, y perderla puede costarle su solicitud de asilo y su permiso de trabajo. Esta página explica qué debe, cuándo y cómo protegerse.

En esta página

  • Cuánto cuesta ahora cada tarifa relacionada con el asilo
  • La Tarifa Anual de Asilo: cuándo vence y cómo pagarla
  • Qué pasa si pierde la fecha límite
  • Por qué debe revisar el portal usted mismo en lugar de esperar el correo
  • Dónde está el litigio y qué no cambia
  • Qué hacer si no puede pagar

💵 Cuáles son las tarifas

Están establecidas por ley, se ajustan por inflación cada año fiscal y no pueden exonerarse. No hay excepción por dificultades económicas y el Formulario I-912 no aplica a ninguna de ellas. Los montos siguientes son del año fiscal 2026.

  • Presentar una solicitud de asilo (Formulario I-589): $100. Las solicitudes de asilo antes no tenían ninguna tarifa.
  • Tarifa Anual de Asilo: unos $100 por año — $102 en el año fiscal 2026 — por cada año que su solicitud siga pendiente.
  • Primer permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo pendiente: $550.
  • Renovar ese permiso de trabajo: $275.
  • Una tarifa por Formulario I-589, sin importar el tamaño de la familia. Los familiares incluidos en su solicitud no deben cada uno una tarifa separada — pero un familiar que presentó su propia solicitud separada debe la suya.
  • En un caso que tome cinco años con un permiso de trabajo, esto suma bastante más de $1,000 en tarifas que no existían antes de julio de 2025.

📆 La Tarifa Anual de Asilo — cómo funciona

Esta es la que toma desprevenidas a las personas. Lea esta sección con cuidado incluso si tiene abogado.

  • Se debe si su solicitud de asilo lleva un año o más pendiente. Vence en el aniversario de la presentación, y nuevamente cada año que el caso siga pendiente.
  • Aplica ya sea que su caso esté en USCIS, en la corte de inmigración o ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.
  • La agencia debe enviarle un aviso individualizado con el monto, la fecha de vencimiento y cómo pagar. Una vez emitido ese aviso, usted tiene 30 días.
  • Muchos solicitantes reportan que el aviso nunca llegó. Un aviso que usted no recibió igual inicia el reloj — así que no espere el correo.
  • Debe pagarse en línea. Para casos en USCIS, pague a través de su cuenta en línea de USCIS. Para casos en corte de inmigración, pague en el portal de EOIR en epay.eoir.justice.gov.
  • No hay exoneración de tarifa. Ninguna.
  • La Junta de Apelaciones de Inmigración resolvió el 24 de julio de 2026 que la tarifa anual no aplica a solicitudes de suspensión de remoción ni de protección bajo la Convención Contra la Tortura.

🚨 Qué pasa si la pierde

Una regla vigente desde el 29 de mayo de 2026 impuso consecuencias severas por el impago. Un tribunal las ha pausado temporalmente — vea la siguiente sección — pero lo más seguro es asumir que aplican.

  • USCIS puede rechazar de plano su solicitud de asilo pendiente si la tarifa no se paga dentro de 30 días del aviso.
  • USCIS puede negar una solicitud de permiso de trabajo pendiente basada en ese caso de asilo.
  • La autorización de trabajo que ya tiene puede ser revocada de inmediato.
  • Si no tiene otro estatus legal, USCIS puede iniciar procedimientos de deportación en su contra.
  • En la corte de inmigración, un juez puede negar una solicitud de asilo por impago — aunque no una solicitud de suspensión de remoción o de protección bajo la Convención Contra la Tortura.

🛡️ Cómo protegerse

Estos pasos toman unos minutos y evitan la forma más común en que las personas pierden su caso por esto.

  • Anote su fecha de presentación. Su aniversario es su fecha límite — ponga un recordatorio en su teléfono para dos semanas antes, cada año.
  • Revise el portal de pagos usted mismo alrededor de su aniversario en lugar de esperar un aviso. Revise aunque no haya llegado nada por correo.
  • Cree y revise regularmente una cuenta en línea de USCIS, y mantenga su dirección actualizada tanto con USCIS como con la corte de inmigración. Actualizar una no actualiza la otra.
  • Guarde la confirmación de pago y el número de rastreo inmediatamente después de pagar. Tome una captura de pantalla y consérvela donde no la pierda.
  • Si el sistema de pago no acepta su pago, documente cada intento con capturas de pantalla y fechas, y contacte a una organización legal de inmediato — un intento de pago que puede comprobar es mucho mejor que nada.
  • Si tiene abogado, confirme con él quién es responsable de rastrear y pagar esto. No asuma que está resuelto.

⚖️ Dónde está el litigio

La tarifa ha sido impugnada repetidamente. Las órdenes judiciales han pausado y reactivado partes de ella, así que la situación cambia.

  • Una orden judicial anterior pausó la tarifa anual del 30 de octubre de 2025 al 2 de febrero de 2026. Esa pausa terminó — tanto USCIS como las cortes de inmigración pueden cobrar la tarifa de nuevo.
  • El 21 de julio de 2026, un juez federal bloqueó temporalmente las CONSECUENCIAS del impago: el rechazo de la solicitud de asilo, la terminación de permisos de trabajo y la remisión a deportación. El tribunal indicó que resolvería sobre una medida más duradera a principios de agosto de 2026.
  • Fundamental: la orden de julio de 2026 no canceló la tarifa. El cobro continúa y usted todavía la debe.
  • Las organizaciones de ayuda legal que representan a solicitantes de asilo están aconsejando pagar a tiempo de todos modos en lugar de confiar en una pausa temporal que podría terminar en cualquier momento.
  • Como esto cambia rápido, verifique el estado actual con una organización legal antes de tomar cualquier decisión basada en el litigio.

🤝 Si no puede pagar

No omita simplemente el pago con la esperanza de que pase. Hay mejores opciones.

  • Contacte a una organización sin fines de lucro de servicios legales. Algunas tienen fondos de emergencia que ayudan con tarifas de presentación, y muchas pueden confirmar exactamente qué debe y cuándo.
  • Un representante también puede verificar si la tarifa realmente le aplica — por ejemplo, si su caso es únicamente de suspensión de remoción o protección bajo la Convención Contra la Tortura.
  • Pregunte por representación pro bono mientras esté allí. A los solicitantes de asilo representados les va sustancialmente mejor que a los no representados.
  • Desconfíe de quien ofrezca 'encargarse' de su tarifa por un pago grande, o afirme tener una forma de evitarla. No hay forma de evitarla, y eso es una estafa.
  • Si ya pasó una fecha límite, busque ayuda de inmediato en lugar de esperar — actuar rápido preserva opciones que los plazos vencidos de otro modo eliminarán.

Enlaces y recursos oficiales